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Consejo Regional Concepción Informa

La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que a partir de este año, el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo subirá a 80,2 Unidades de Fomento (UF) en 2020. El año pasado el valor fue de UF 79,2.

Asimismo, el tope imponible mensual que se utilizará este año para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía aumentará a UF 120,3. En 2019 fue de UF 118,9.

El tope imponible es el monto límite de sueldo sobre el que rige el 10% de cotización obligatoria. Esto significa que todos los sueldos imponibles superiores a esa cifra, en la práctica, cotizan un efectivo menor al 10% de su remuneración real. Por ejemplo, un trabajador que tiene este sueldo de $2,27 millones cotiza obligatoriamente lo mismo que uno que gana $3 millones.

La Superintendencia de Pensiones, explicó que los reajustes anuales se establecen de acuerdo con la legislación vigente, que obliga a subirlo cuando el Índice de Remuneraciones Reales que entrega el INE registra variaciones positivas en el año anterior. Entre noviembre de 2018 y noviembre de 2019, este índice aumentó 1,2%.

La legislación vigente establece que ambos valores deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales, que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), registre variaciones positivas el año anterior. Durante el periodo noviembre 2018-noviembre 2019 este índice se incrementó 1,2%, cifra es de carácter provisorio publicada por el INE en su sitio web e informado a la Superintendencia de Pensiones mediante Oficio Ord. N° 19, de 8 de enero de 2020.

Los nuevos topes imponibles se deben aplicar a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2020. Estas cotizaciones deben pagarse hasta el 10 de febrero próximo, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si la operación se realiza vía medios electrónicos.

De acuerdo a la Política de Rectificación de Cifras de la Encuesta Mensual de Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra del INE, vigente desde noviembre de 2018, el Índice de Remuneraciones Reales publicado en cada mes de referencia tendrá un carácter provisional y será actualizado en el mes siguiente, quedando en ese momento como definitivo.

Luego, en febrero de 2020, el INE publicará el valor definitivo de la variación del Índice de Remuneraciones Reales del período noviembre 2018-noviembre 2019, la que de diferir de 1,2% implicará que la SP informe un nuevo valor para los topes imponibles a aplicar para el cálculo de las cotizaciones previsionales.

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